Resolución 000126 de 29 de Octubre de 2021
- administrativo
- 3 nov 2021
- 2 Min. de lectura
Actualizado: 11 nov 2021
Dian expidió la Resolución 000126 de 2021, mediante la cual impartió instrucciones para la aplicación de la reducción de sanciones y tasas de interés para los sujetos de obligaciones administradas por la Dian, así como al respecto de los impuestos, tasas y contribuciones del orden territorial señalados en el artículo 45 de la Ley 2155 de 2021.
Este beneficio aplica para las obligaciones que estén en mora de pago con la DIAN y la secretaria de hacienda distrital a junio 30 de 2021, cuyo incumplimiento se haya ocasionado y agravado como consecuencia de la pandemia generado por el Covid - 19, y el plazo máximo para cancelar será diciembre 31 del 2021.
Las sanciones e intereses moratorios se liquidaran de la siguiente manera:
Sanciones que se liquiden en actos administrativos independientes se reducirán en un 80%, los intereses moratorios se liquidaran a la tasa de interés bancario y se reducirá en un 80%.
¿Para quienes aplican?
Para los contribuyentes que tengan obligaciones pendientes con la DIAN y entidades de orden territorial.
Para los contribuyentes que hagan acuerdos de pago con la DIAN y entidades de orden territorial, el incumplimiento de estos acuerdos ocasionará automáticamente la perdida del beneficio y se pagarán las sanciones, intereses o multas al 100%.
Para las personas naturales o jurídicas que tengan sanciones para fiscales y sancionatorias y se encuentren inmersos de cobro con la UGPP.
Para los contribuyentes que se encuentren en procesos administrativos en los cuales ya se les hayan determinado sanción o intereses moratorios, podrán pedir ante la DIAN una conciliacion siempre y cuando hayan pagado a 31 de diciembre el 100% del impuesto a cargo, el 20% de las sanciones y el 20% de los intereses de mora.
Consulte aquí la resolución completa:
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